Escuela de Enfermería María Elena Maza Brito

Reglamento escolar

Capitulo 4: Derechos y obligaciones de la comunidad estudiantil.
4.1 Derechos de la comunidad estudiantil:
4.1.1 Las y los alumnos de Instituciones del Sistema Incorporado tienen derecho a recibir, en este caso de la Escuela de Enfermería María Elena Maza Brito del INCMNSZ, lo siguiente:
4.1.1.1 El reglamento interno de su institución de manera digital al momento de su inscripción.
4.1.1.2 Su credencial UNAM-SI e Institucional en el plantel donde se encuentren inscritos, las cuales deberán portar para identificarse, de acuerdo a la programación para tal fin.
4.1.1.3 Recibir el mapa curricular del plan de estudios digitalizado y la síntesis de los programas de cada asignatura.
4.1.1.4 La revisión de examen y en su caso como la correspondiente corrección de la calificación conforme a las disposiciones y procedimientos establecidos en el MDP.
4.1.1.5 La impresión de la tira de asignaturas obtenida a través del sistema de cómputo de DGIRE.
4.1.1.6 Recibir, al término del trámite que corresponda los documentos que le fueron requeridos.
4.1.1.7 La información sobre el programa de vinculación y extensión universitaria de DGIRE.
4.1.1.8 Recibir el servicio educativo en los términos establecidos en el contrato de prestación de servicios.
4.1.1.9 Conocer su situación académica mediante los documentos escolares que emite la DGIRE.
4.1.1.10 Solicitar a la Escuela de Enfermería María Elena Maza Brito del INCMNSZ la expedición de constancias.
4.1.1.11 Solicitar a la DGIRE a través de la Escuela de Enfermería María Elena Maza Brito del INCMNSZ, la expedición de documentos escolares con validez oficial como credencial UNAM-SI, certificado de estudios, historias académicas, etc.
4.1.1.12 Presentar los exámenes extraordinarios permitidos de acuerdo con la disposición 81 del MDP.
4.1.1.13 Presentar examen profesional de acuerdo a los lineamientos de la DGIRE.
4.1.1.14 Titularse de acuerdo con las opciones aprobadas para el SI y el plan de estudios correspondiente.
4.1.1.15 Todos los derechos que consideren las ISI siempre y cuando no contravengan la normatividad de la UNAM.
4.1.2 La/él alumno podrá consultar dentro del portal DGIRE-UNAM su historial académico vigente, con la leyenda “sin validez oficial”.
4.1.3 Recibir asesoría de índole académico con el coordinador de grupo y/o en su caso con la Dirección escolar, quien canalizará al alumna/o al área requerida.
4.1.4 Recibir servicios médicos de urgencia del Instituto en caso de requerirlo, para su valoración, durante su permanencia en la Institución. Proceso que se llevará a cabo con apego a los requisitos y condiciones de admisión.
4.1.5 Hacer uso de las áreas afines a su formación profesional (Departamento de Información Bibliográfica, Laboratorios de Fundamentos de Enfermería, de Ecología y Salud, Comedor y otras), con apego a los lineamientos de cada uno.
4.1.6 La comunidad estudiantil tendrá derecho a recibir la clase respectiva de acuerdo a la calendarización vigente, la cual comprenderá al menos 50 minutos efectivos con un máximo de 10 minutos de receso.
4.1.7 Durante la fase teórica la/él alumno tendrá derecho a una hora para comida según el horario establecido en la planeación académica. Durante la fase práctica el horario de comida de las y los alumnos será determinado de acuerdo a las características de la práctica.
4.1.8 La/Él alumno tendrá derecho a un 10% de inasistencias en la fase teórica y 10% en la fase práctica en caso de asignaturas teórico prácticas. En caso de asignaturas teóricas tendrá derecho a un 10% de inasistencia.
4.1.9 En caso de requerir ausentarse de la Escuela o del Campo Clínico (por motivos o causas de fuerza mayor), informar inmediatamente al coordinador quien autorizará de manera verbal su ausencia de acuerdo a la naturaleza del caso.
4.1.10 Se otorgará reconocimiento a las/los alumnos que obtengan excelencia académica, cuando cubran el perfil establecido por la Dirección de la Escuela, el cual se entregará en la ceremonia de clausura del ciclo escolar.
4.1.11 Al concluir los créditos en los cuatro años de la carrera, la/el alumno tiene derecho a obtener de la DGIRE-UNAM un reconocimiento a su trayectoria académica, el cual se entrega en las instalaciones de la misma.
4.1.12 Al término de cada semestre el alumno recibirá una boleta de calificaciones parciales, la cual no sustituyen al historial académico. La emisión y consulta de Historias Académicas por Internet son “Sin Valor Oficial”.
4.1.13 Al término de la carrera se le tramitará al alumnado el Certificado de Estudios Completo emitido por la UNAM.
4.1.14 El alumnado tiene derecho de solicitar una constancia de estudios por semestre a la institución que deberá llevar la leyenda: “SIN VALOR OFICIAL”, y se expedirá de manera gratuita, de ser solicitada una segunda emisión se generará un costo de recuperación. Las constancias emitidas por
la UNAM tienen valor oficial y costo de recuperación.

4.2 Obligaciones de las/los alumnos
4.2.1 Cumplir con lo especificado en el Reglamento de la Escuela respecto al ingreso, permanencia, egreso y en su caso titulación, establecidos en el plan de estudios vigente, así como con los lineamientos de las instituciones en las que la escuela establezca una relación de enseñanza /aprendizaje.
Son obligaciones administrativas:
4.2.1.1 Crear el expediente digital en el portal de la DGIRE, a su ingreso, así como conocer su número de cuenta (expediente) asignado por la UNAM, y hacer entrega de la documentación solicitada en los plazos señalados, de no ser así causará baja del trámite y no se realizará reembolso de los gastos
erogados en su permanencia.
4.2.1.2 El alumnado que se encuentre previamente registrado ante la UNAM deberá notificarlo con oportunidad para no generar duplicidad del registro.
4.2.1.3 El alumnado que presenten documentación falsa o alterada para obtener su registro en el SI, serán expulsados de éste y quedarán sin efecto todos los actos derivados de dicho registro.
4.2.1.4 Portar la credencial UNAM SI y la del INCMNSZ, que los acredita como alumnas/os del Sistema Incorporado e integrantes de la Escuela de Enfermería María Elena Maza Brito del INCMNSZ.
4.2.1.5 El alumnado que extravié el gafete institucional deberá notificarlo de inmediato a su coordinador, realizando el trámite correspondiente para su reposición.
4.2.1.6 Cubrir el monto total del proceso de inscripción a la Escuela e incorporación de la UNAM, estipulados en la circular de pagos.
4.2.1.7 Cubrir la cuota de la colegiatura, de acuerdo al monto vigente estipulado en la circular de pagos. Durante los diez días hábiles que marque la Dirección Técnica, posterior a esta fecha pagará un recargo del 10%.
4.2.1.8 El incumplimiento del pago de dos colegiaturas libera a la Escuela de Enfermería de la obligación de continuar con la prestación de los servicios educativos.
4.2.1.9 Cubrir con anterioridad el pago establecido por la DGIRE.-UNAM., para poder solicitar exámenes extraordinarios.
4.2.2 Obligaciones académicas:
4.2.2.1 Cumplir con la mística institucional, para que prevalezcan dentro y fuera del aula los siguientes valores: LIBERTAD, HONESTIDAD, LEALTAD, RESPONSABILIDAD, COMPROMISO SOCIAL, HUMANISMO, TOLERANCIA, EXCELENCIA, CALIDAD, SEGURIDAD Y RESPETO.
4.2.2.2 Respetar los niveles jerárquicos del gobierno de la Escuela.
4.2.2.3 Presentarse a la hora señalada en su respectivo salón de clases.
4.2.2.4 Cumplir con los factores de evaluación establecidos en cada programa académico correspondiente al semestre que este cursando.
4.2.2.5 Conservar las evidencias de los productos de aprendizaje de todas las asignaturas y presentarlas el día del examen ordinario, las cuales pueden ser requeridas por la supervisión de la DGIRE o Institucional. Los alumnos exentos de examen ordinario conservaran las evidencias, el cual deberá ser mostrado a los supervisores de DGIRE, en caso de ser requerido, por lo cual deberán permanecer dentro del aula, un lapso de 30 minutos de iniciado el examen.
4.2.2.6 El alumnado se abstendrá de ausentarse de manera consecutiva de la institución, sin notificación al coordinador del grupo.
4.2.2.7 El alumnado participará en actividades académicas y socio-culturales, programadas en la Escuela y en DGIRE-UNAM de acuerdo a programación académica del semestre.
4.2.2.8 Se abstendrán de preparar e ingerir alimentos dentro de los salones de clase. Y en casos especiales se solicitará por escrito a la Dirección Técnica quien se reservará el derecho de autorización.
4.2.2.9 Las/los alumnos no podrán permanecer en las instalaciones del Instituto cuando hayan terminado las clases y/o las prácticas clínicas, excepto cuando realicen trabajos en equipo o de investigación en la biblioteca.
4.2.2.10 El alumnado asistirá sin uniforme en la fase teórica siempre y cuando, mantenga una imagen limpia, aliñada y presentable.
4.2.3 Del uniforme. El uniforme escolar se utilizará solo en la fase práctica, exámenes ordinarios y extraordinarios; y eventos académicos determinados por la Dirección Técnica, portando el modelo señalado por la Escuela.
4.2.3.1 Se considera uniforme para la práctica comunitaria:
a) Filipina blanca del uniforme escolar b) Pantalón azul marino según modelo c) Zapatos negros cerrados y sin agujeta d) Calceta, calcetín o media azul marino. e) Gafete institucional y DGIRE-UNAM portado en la solapa izquierda de la filipina. Equipo y material solicitado de acuerdo al campo
clínico.
4.2.3.2 Se consideran como parte integrante del uniforme clínico:
a) Pantalón y filipina blanco del uniforme escolar b) Zapatos blancos: cerrados, sin agujetas y sin adornos; con suela antiderrapante. c) Medias o calcetines completamente blancos, sin figuras o estampados. d) Saco azul marino. e) Gafete institucional y DGIRE- UNAM portado en solapa izquierda de la filipina f) En caso de utilizar cofia, se portara con las líneas azul marino correspondientes al semestre que cursa. Equipo y material solicitado de acuerdo al campo clínico.
NOTA: En temporada de frío se podrán utilizar prendas de color blanco (ropa térmica o camisetas) debajo de la filipina sin adornos o estampados.
4.2.3.3 Se considera como Uniforme Quirúrgico a) Pijama según modelo aprobado por la escuela. b) Gorro quirúrgico desechable c) Ropa interior y playera preferentemente de algodón blanca de manga corta. d) Cubrebocas desechables. e) Cubre zapatos desechables.
NOTA: El uniforme quirúrgico sólo será utilizado en los servicios que se requiera, el cual deberá estar limpio, planchado y protegido en una bolsa de plástico limpia; si hay necesidad de salir del área deberá cubrirse con una bata blanca larga.
Para los laboratorios de Nutrición Básica y Aplicada, Ecología y Salud, Anatomía y Fisiología Humana; y Farmacología será obligatorio a. Bata blanca abotonada b. Material solicitado para la práctica
4.2.4 Obligaciones del alumnado en la fase práctica:
4.2.4.1 La entrada a la práctica clínica o comunitaria será en punto de la hora según se señale, hasta los 10 minutos posteriores se considerará retardo, después de los 10 minutos, no se permitirá el acceso al servicio y se tomará como falta a la práctica (3 retardos hacen una falta).
4.2.4.2 Si el alumnado en la práctica total del semestre rebasa el 10% de inasistencia, quedará por este hecho reprobado.
4.2.4.3 No está permitido a las/los alumnos hacer uso de teléfonos o unidades móviles dentro de las áreas asignadas para el desarrollo de la práctica.
4.2.4.4 Portar el uniforme reglamentario de la escuela , tomando en cuenta, lo siguiente: Evitar el uso de anillos, pulseras, joyas o accesorios implantados, cabello suelto o peinado exagerado, así como pasadores y listones de colores, maquillaje excesivo, uñas pintadas, largas o postizas.
4.2.4.5 Se abstendrá de portar mochilas voluminosas.
4.2.8 Revisar y firmar de conformidad, en su caso, la tira de asignaturas que les propone el director técnico.
4.3 Faltas Académicas y Administrativas
De acuerdo a la mística establecida por el Dr. Salvador Zubirán, la Escuela de Enfermería María Elena Maza Brito del INCMNSZ , integra en su reglamento los elementos sustantivos del Código de Ética del INNSZ, con la intención de favorecer un entorno académico, donde prevalezca o la sana convivencia, el desarrollo humano y la formación integral de los alumnos, en la disciplina de enfermería, apoyado en los valores Institucionales; mismos que se describen como: Bien común, Integridad, Honradez, Honestidad, Lealtad, Justicia, Igualdad, Respeto y Liderazgo.
4.3.1 Faltas administrativas 4.3.1.1 No haber cubierto el monto total del proceso de inscripción a la Escuela e incorporación de la UNAM, estipulados en la circular de pagos autorizado por la dirección antes del inicio de curso.
4.3.1.2 No haber cubierto la cuota de colegiatura, durante los diez primeros días hábiles que marque el calendario administrativo de la DGIRE, de acuerdo a la cantidad y fecha vigente en la Escuela.
4.3.1.3 El no realizar el pago por derecho a exámenes extraordinarios, durante los primeros 10 días hábiles que marque el calendario administrativo de la DGIRE, de acuerdo a la cantidad y fecha vigente en la Escuela.
4.3.1.4 La transferencia del gafete institucional y la credencial UNAM SI, entre compañeros y personas ajenas a la institución.
4.3.1.5 Los daños causados en las instalaciones y/o el equipo de la escuela.
4.3.1.6 Los daños causados en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa.
4.3.1.7 Sustracción de objetos y equipos, personales y de la escuela, cuando se compruebe la posesión del mismo.
4.3.2 Faltas académicas. Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las actividades académicas de la escuela como: acciones, palabras, actitudes, gestos y reacciones que contrarían las normas disciplinarias vigentes en la Escuela de Enfermería María Elena Maza Brito del INCMNSZ o que representan atentados contra la moral, el orden y los valores institucionales.
4.3.2.1 La incitación o estímulo a la comisión de una falta contraria al  Código de ética Institucional
4.3.2.2 Desconsideración al reglamento en el cumplimiento de actividades académicas al interior de la institución, actividades extramuros así como en las instituciones que se tenga convenio formativo.
4.3.2.3 Faltas de respeto a compañeros, profesores, coordinadores, personal de la escuela y personal que labora dentro del INCMNSZ.
4.3.2.4 Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase de forma consecutiva, sin estar justificadas en la fase teórica y/o práctica.
4.3.2.5 El estudiante que recurra a medios fraudulentos, al efectuar algún examen, trabajo o tarea asignada.
4.3.2.6 Vulnerar las líneas de autoridad descritas en el organigrama por situaciones académicas.
4.3.2.7 Las faltas reiteradas al igual que los retrasos en la puntualidad a las actividades académicas que no estén justificadas, repercutirá en el desempeño académico de los estudiantes.
4.4. Sanciones
4.4.1. Sanciones administrativas:
Del apartado 4.3.1.1. Perderá derecho a realizar el proceso de inscripción e incorporación a la UNAM-SI.
Del apartado 4.3.1.2. De no cubrir el pago de la colegiatura mensual en la fecha establecida se cobrara un recargo del 10%.
Del apartado 4.3.1.3. Quedará sin derecho a presentar exámenes extraordinarios, marcados en el calendario administrativo de la DGIRE, cuando no realice los pagos correspondientes, de acuerdo a la normatividad. Por lo tanto deberá presentarlo al próximo año escolar.
Del apartado 4.3.1.4. Se realizará una amonestación por escrito por parte de la Dirección Técnica.
Del apartado 4.3.1.5. Se realizará amonestación por escrito por parte de la Dirección Técnica, además de reponer el daño ocasionado a las instalaciones y/o equipo.
Del apartado 4.3.1.6 y 4.3.1.7. Se pondrá a disposición de las autoridades institucionales pertinentes, igualmente con las instituciones que se tiene convenio formativo y a la Dirección Escolar se reservará el derecho de permanencia.
4.4.2 Sanciones académicas:
Del apartado 4.4.2.1. Será acreedor a una amonestación verbal y/o escrita por parte de la Dirección Escolar.
Del apartado 4.4.2.2. Recibirá una amonestación por escrito por parte de la Dirección Escolar y se pondrá a consideración de las autoridades con las que se tenga convenio formativo.
Del apartado 4.4.2.3. Se invitará a realizar una revisión de los valores morales y en caso de reincidir en él, será acreedor a una amonestación por escrito por parte de la Dirección Escolar.
Del apartado 4.4.2.4. Repercutirá de forma directa en el porcentaje de evaluación asignado al programa de la asignatura, afectando su desarrollo  normativo siendo acreedor a presentar examen extraordinario y/o el recursamiento de la asignatura.
Del apartado 4.4.2.5. Se le hará observación por escrito y de acuerdo a la gravedad se anulará el trabajo o examen.
Del apartado 4.4.2.6. Se le hará una observación verbal y de acuerdo a las circunstancias quedará asentado por escrito en su expediente.
Del apartado 4.4.2.7. En el incumplimiento de las actividades académicas solicitadas, repercutirá de manera directa anulando el porcentaje de evaluación correspondiente de la fase teórica y/o práctica, o bien perdiendo el derecho a aplicación de exámenes ordinarios, según lo establecido en
el MDP.